Módulos de Clientes[VT] y Proveedores
[PV]
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Retenciones y Percepciones de Ingresos Brutos
Se
han desarrollado, e incluido en las versiones Clave
de Soft Visual, las modificaciones necesarias que permitan cumplir
con lo establecido en la nueva normativa que reglamenta el régimen de
Retenciones y Percepciones de Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos
Aires.
El
nuevo régimen serán de aplicación obligatoria a partir del 1/12/2007.
DISPOSICIÓN NORMATIVA SERIE B (Dir. Prov. Rentas Bs. As.) 70/2007. BUENOS
AIRES. INGRESOS BRUTOS. REGIMENES DE RETENCION Y
PERCEPCION. ALICUOTAS. MODIFICACIONES.
Se establecen modificaciones a los regímenes generales de
retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos, entre las
cuales destacamos:
·
La alícuota a aplicar a los fines de la liquidación de la
percepción o retención del impuesto será la que, con relación a cada
contribuyente, publique
la
Dirección Provincial
de Rentas en un padrón de
contribuyentes en su página web.
·
El citado padrón tendrá una vigencia de 1 mes, excepto
para los casos en que el agente de percepción sea una empresa prestataria de
servicios públicos de electricidad, gas, agua, cloacas o telecomunicaciones,
el cual tendrá una vigencia trimestral. Asimismo se establece que los mismos
serán actualizados mensualmente o trimestralmente, según corresponda.
En
relación a los regímenes especiales de percepción de comercialización
mayorista de combustibles líquidos, compañías de transporte de pasajeros y
carga y sector automotriz, se establece que cuando el sujeto pasivo no
acredite su situación fiscal ante el agente, se le aplicará la alícuota del
3,40%. |